Tribunal Supremo de Iowa, USA: No hay derecho fundamental al aborto en la constitución del estado

En el dictamen del viernes 17 de junio el tribunal anuló enfáticamente una decisión de 2018, concluyendo que la decisión «carece de apoyo textual e histórico», y que su «base constitucional no es sólida».

 (ZENIT Noticias / Iowa, ).- En una decisión histórica, el Tribunal Supremo de Iowa revocó el viernes 17 de junio su decisión anterior, que había declarado el derecho al aborto en la Constitución de Iowa.

«Los Estados tienen el mayor interés posible en proteger el más fundamental de nuestros derechos humanos -el derecho a la vida- y la Constitución de Iowa no incluye nada que sugiera que existe ‘un derecho fundamental’ a quitar la vida inocente no nacida», dijo la consejera principal de la ADF, Denise Harle, directora del Centro para la Vida de ADF. «Nos complace que el alto tribunal de Iowa haya reconocido esto y haya anulado su decisión anterior. Ahora los legisladores estatales tienen sustancialmente más libertad para proteger a los ciudadanos más vulnerables y dar a las mujeres el tiempo y la información que necesitan antes de tomar una decisión que altera la vida. Como argumentamos en el tribunal y explicamos en el escrito que presentamos en nombre de docenas de legisladores, la decisión anterior del tribunal se extralimitó gravemente en su autoridad. El tribunal ha corregido hoy ese error».

En nombre de 60 legisladores estatales, los abogados de Alliance Defending Freedom presentaron un escrito de amigo del tribunal y el consejero principal de ADF, Chris Schandevel, argumentó ante la Corte Suprema de Iowa, pidiendo al tribunal que revierta su decisión de 2018 en Planned Parenthood of the Heartland, conocida como «PPH II». En PPH II, el tribunal declaró que el aborto era «un derecho fundamental» y anuló un período de espera de 72 horas que garantizaba que las mujeres tuvieran la oportunidad de recibir y evaluar información de salud importante antes de proceder a un aborto. La legislatura estatal aprobó posteriormente un periodo de espera de 24 horas, objeto del presente litigio.

En el dictamen del viernes, el tribunal anuló enfáticamente PPH II, concluyendo que la decisión «carece de apoyo textual e histórico», y que su «base constitucional no es sólida». La opinión continuó diciendo que «textualmente, no hay apoyo para la lectura de PPH II de la cláusula del debido proceso como una protección fundamental para el aborto».

Además, el tribunal escribió: «Históricamente, no hay apoyo para el aborto como un derecho constitucional fundamental en Iowa». Y «más allá de sus defectos textuales e históricos, PPH II también es defectuoso en su razonamiento central». En consecuencia, el tribunal devolvió el caso al tribunal de primera instancia para que reconsiderara la validez del período de espera de 24 horas y el criterio que debía aplicarse, teniendo en cuenta la decisión pendiente del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization.

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