El trabajador, que haya cumplido un año prestando sus servicios, tendrá derecho a un periodo mínimo de 6 días de vacaciones.
Con la llegada de las vacaciones de verano —que comenzaron el pasado 28 de julio para los y las niñas y jóvenes de educación básica— muchas familias decidieron solicitar algunos días de asueto en la empresa o institución donde trabajan para salir de viaje. Si tienes pensado pedir este derecho laboral, esta información te puede interesar.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
De acuerdo con la Ley, los trabajadores que tengan más de un año de servicios tienen derecho de un periodo anual de vacaciones pagadas, que no puede ser inferior a seis días. Además, este tiempo aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente en el que un empleado desarrolle sus funciones.
Después del cuarto año de que el trabajador preste sus servicios, el período de vacaciones aumentará dos días por cada cinco de servicios, quedando de la siguiente manera:
Año 1: 6 días
Año 2: 8 días
Año 3: 10 días
Año 4: 12 días
De 5 a 9 años: 14 días
De 10 a 14 años: 16 días
De 15 a 19 años: 18 días
De 20 a 24 años: 20 días
De 25 a 29 años: 22 días
De 30 a 34 años: 24 días.
Cabe mencionar que, el periodo vacacional de los trabajadores deberá concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de sus servicios, de acuerdo al Artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo.
Una vez que el trabajador comience sus vacaciones y hasta la conclusión de los mismos, el patrón deberá de cubrir el salario ordinario que el empleado comúnmente.
Además, se le deberá cubrir al trabajador una prima vacacional equivalente al 25 por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.