«Al centrar, como es debido, nuestras energías en la lucha contra el cambio climático, debemos tener cuidado de no descuidar la capa de ozono y estar atentos a la amenaza que supone el uso ilegal de gases que agotan la capa de ozono.”
António Guterres
Secretario General de las Naciones Unidas
2019
El 19 de diciembre de 1994, la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante su resolución A/RES/49/114, declaró el 16 de septiembre Día Internacional de la Preservación de la Capa de Ozono en conmemoración del día de la firma del Protocolo de Montreal (1987), relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono. Este día se conmemora desde 1995.
El Protocolo de Montreal es un acuerdo ambiental internacional que exitosamente logró la ratificación universal alrededor de un objetivo: proteger la capa de ozono de la tierra. Su meta es la eliminación del uso de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO). Asimismo, estableció un calendario, el cual se aplica al consumo de sustancias destructoras del ozono. Este consumo se define como las cantidades producidas en un año determinado, más las importadas, menos las exportadas. También existe una deducción por la destrucción verificada.
Así, este instrumento normativo protege la capa de ozono mediante la toma de medidas para controlar la producción total mundial, y el consumo, de sustancias que la agotan, la deterioran, con la finalidad de eliminarlas. Se basa en el progreso de los conocimientos científicos e información tecnológica, y contribuye en forma primordial a la lucha por frenar los efectos del cambio climático.
La capa de ozono es una franja muy frágil de gas que protege al planeta Tierra de los efectos nocivos de los rayos solares, contribuyendo a la preservación de la vida. Lamentablemente, la utilización durante muchos años de ciertos productos químicos la han lesionado, poniendo en terrible peligro nuestra existencia y la del resto de seres vivos de nuestro hábitat.
Al respecto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) considera que, en el contexto del disfrute y goce del derecho humano a un medio ambiente sano, el adecuado manejo y control de las sustancias químicas destructoras de la capa de ozono forma parte de las condiciones que permiten una vida considerable y digna de la población.
Por ello, este Organismo Nacional ha exhortado a las autoridades correspondientes a que, en el ámbito de sus atribuciones, contribuyan de manera coordinada a atender los compromisos del Protocolo de Montreal y sus enmiendas, para coadyuvar a la vez con la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenibles de la Agenda 2030