Las normas vigentes para el ayuno y la abstinencia son:
1.- Días de ayuno: Miércoles de Ceniza y Viernes Santo
2.- Días de abstinencia: Miércoles de Ceniza, Viernes Santo y viernes de Cuaresma
3.- La ley del ayuno: Obliga a hacer una única comida durante la jornada, pudiendo tomar un poco de alimento en la mañana y al atardecer.
4.- La ley de la abstinencia: Prohíbe el consumo de carne (de animales que tienen la capacidad de regular su temperatura corporal –animales de “sangre caliente”—res, cerdo, carnero…, pollo y aves…), así como de comidas y bebidas que prudentemente se consideran particularmente costosas o apetecibles. A este propósito, la Conferencia del Episcopado Mexicano se ha manifestado.
“Consientes de la situación de pobreza en que viven muchos sectores de fieles, y dado que nuestra cultura admite otros signos más adecuado de penitencia, disponemos: Que se pueda suplir la abstine3ncia de carne, hecha excepción del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo:
- Por la abstinencia de aquellos alimentos que para cada uno significan especial agrado, sea por la materia o por el modo de su confección;
- O por una especial obra de caridad;
- Por otro significativo sacrificio voluntario”.
5.- Sujetos de la ley del ayuno y la abstinencia:
a) Ayuno: Obliga a todos los que han cumplido 21 años hasta los 59 cumplidos.
b) Abstinencia: Todos los que han cumplido 14 años. La ancianidad, por sí sola, no exime de esta ley de abstinencia.