El ministro de la SCJN consideró que la suspensión con efectos generales, es fundamental para defender los intereses legítimos, reconocidos por la Constitución
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuestionó si realmente el juicio de amparo, cuya finalidad es la protección de los derechos humanos, protegerá en un futuro, si quienes lo tramiten no podrán impedir que una actividad que impacta negativamente en la sociedad, se detenga.
Al inaugurar la quinta sesión del Encuentro Nacional para una Agenda de Seguridad y Justicia, en Mérida, Yucatán, el juzgador expresó su preocupación por la aprobación de la reforma a Ley de Amparo, impulsada por el partido Morena, pues consideró que la suspensión con efectos generales, es fundamental para defender los intereses legítimos, reconocidos por la Constitución.
“Me pregunto, ¿A caso la existencia de un juicio, cuya finalidad es proteger los derechos humanos realmente defenderá y protegerá nuestro futuro y el de nuestras generaciones, si quienes lo tramitan no pueden impedir que una actividad que impacta negativamente en el ambiente, se detenga?”.
En ese sentido, Pérez Dayán afirmó que el juicio de amparo, es el pilar fundamental para garantizar y proteger la integridad, la libertad, la igualdad, la seguridad, la propiedad y los demás derechos que prevé el sistema jurídico mexicano.
Por lo que, dijo, “es responsabilidad y tarea de todos y de todas protegerlo en su integridad, a fin de evitar que este medio de defensa sea debilitado o traicionado por algún grupo de la legislatura. No puedo dejar de expresar mi preocupación, precisamente por la aprobación de la reforma a la Ley de Amparo, conocida por todos nosotros”.
El presidente de la Segunda Sala de la Corte mencionó que la suspensión en el juicio asegura la tutela preventiva de los derechos e intereses colectivos y difusos, principalmente de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, cuyo cumplimiento y exigibilidad constituye una obligación humana a cargo del Estado mexicano.
“Y como es bien sabido, su avance ha sido producto de la jurisprudencia nacional a lo largo de muchos años”.
Recordó que en 1841 se dictó formalmente la primera regulación constitucional del juicio de amparo, la cual, explicó, buscó brindar, a través del Poder Judicial de la Federación, una vía efectiva para proteger los derechos de las personas frente a la actuación arbitraria e indebida de la autoridad.
“Nada de ello hubiera podido tener lugar si no hubiera sido acompañada de una suspensión que permitiera preservar el derecho protegido por el propio juicio de amparo”, comentó.
Indicó que el Encuentro Nacional para una Agenda de Seguridad y Justicia está llamado a convertirse en un espacio de escucha genuina, amplia y plural, que permita interactuar a los diversos actores sociales, autoridades, personas usuarias de los sistemas de seguridad y de justicia, de la cual, dijo, “estoy absolutamente seguro, derivarán propuestas que nos permitirán defender y brindar una esperanza para el futuro de las nuevas generaciones”.