P. Jaime Emilio González Magaña, S. I.
En siglos pasados se ha intentado definir la justicia al margen de Dios, quizá porque la han querido fundamentar en un simple contrato humano: “yo no te hago esto para que tú no lo hagas a mí”. Sin embargo, sin recurrir al fundamento divino, no se puede definir claramente la inalienabilidad de los derechos. Entonces ¿qué añade la Biblia al concepto humano -podríamos decir filosófico- de justicia? Ya hemos señalado que, según el Cardenal Carlo Martini, la Sagrada Escritura habla de ella en el sentido humano común; sin embargo, también la considera en un sentido mucho más amplio. Añade al significado del término «justo», «justicia», algo más positivo, más creativo, que se incluye en el concepto de «justicia de Dios», la cualidad por la que Dios es fiel a la alianza. Dios no sólo respeta nuestros derechos, sino que nos salva cuando somos injustamente oprimidos, cuando su pueblo es empobrecido, esclavizado, manipulado o engañado. El Señor es justo porque restablece los derechos de quienes son fieles a su Alianza.
En efecto -y aquí es donde la justicia de Dios muestra su trascendencia con respecto a toda justicia humana- perdona y rehabilita por amor, es decir, restaura en la plenitud de la dignidad incluso a quienes habían ofendido los derechos divinos. Mientras que la justicia humana nos enseña, pues, a respetar los derechos de los demás, a restablecer los derechos lesionados, la justicia divina, que viene de Dios y que Dios infunde en nuestros corazones, es más amplia, es salvífica, misericordiosa, perdona al pecador, lo levanta, lo justifica (como escribe san Pablo), lo hace justo de nuevo. El amor divino hace justicia más allá de lo estrictamente debido y lo hace con misericordia. El Nuevo Testamento insiste mucho en esta justicia mayor cuando establece: «Si su justicia no es mayor que la de los escribas y fariseos, no entrarán en el reino de los cielos» (Mt 5,20). Es una justicia que se expresa en el amor: «El que ama a su prójimo ha cumplido la ley» (Rom 13,8). Es una justicia que se expresa en el perdón: «Amen a sus enemigos, rueguen por los que los persiguen» (Mt 5,44).
Esta es la admirable construcción humano-divina de la justicia, que captamos de las palabras de Jesús. Ahora bien, ¿cómo podemos aplicarlas en la voda cotidiana? En el Evangelio según San Lucas, Jesús dice: «Den al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios» (20,25). ¿Qué significa dar a Dios lo que le es debido? ¿Cómo y cuándo dárselo? La justicia hacia Dios se llama «virtud de la religión», precisamente para indicar que hay una justicia que ejercer hacia Dios. No, sin embargo, en el sentido de que podamos realmente rendir a Dios en proporción a nuestra deuda; porque desde que somos criaturas, todo es suyo, todo se le debe a Él. ¿Qué significa dar al prójimo lo que le es debido? ¿Cuáles son los obstáculos, los medios, el estilo? Tenemos ante nosotros un campo inmenso, porque la justicia entre los hombres viene a cubrir todas nuestras relaciones sociales. ¿Quién es el prójimo cuyos derechos estoy obligado a respetar? ¿A quién debo justicia? Es posible destacar algunos círculos concéntricos, empezando por el más estrecho.
El prójimo son los padres a quienes debo honor, reverencia, respeto, obediencia; son los miembros de la familia a quienes debo fraternidad, afecto, amor; son aquellos con quienes tengo relaciones de encuentro, conversación, de amistad. Se trata de una respuesta amorosa, fraterna, fundamental para la existencia. En la vida social, el prójimo es todo aquel con quien tengo relaciones de intercambio: de contrato de trabajo, de comercio, de asociación, de compraventa, de prestación recíproca. Un círculo -aún más amplio- es el de la justicia en la vida política. Esta justicia concierne a todos los que tienen una responsabilidad administrativa, social, política: administradores, funcionarios de organismos privados y públicos, responsables de alguna realidad social, todos los políticos. A partir de las dramáticas desviaciones que han surgido en los últimos meses, nos damos cuenta de lo importante que es este ámbito de la justicia y de cómo las desviaciones rompen el tejido de la sociedad, ese tejido básico de confianza sobre el que se establece la capacidad de vivir juntos. Hay un cuarto círculo, en el que el prójimo son aquellos con los que tengo una responsabilidad más remota, porque están lejos; y sin embargo es una responsabilidad real: los países pobres del Tercer Mundo, por ejemplo, con respecto a los cuales los países ricos del Norte deben hacer justicia. Y luego cada uno de nosotros, cada grupo social, tiene una responsabilidad respecto al medio ambiente, porque el problema afecta a las generaciones actuales, pero también a las generaciones futuras, de las que somos responsables. Por tanto, el campo de nuestras responsabilidades es amplio: va desde los lugares en los que la justicia se determina más fácilmente con criterios meticulosos, hasta los lugares en los que la justicia nos hace responsables de los demás, de toda la humanidad y de nuestro futuro.
Domingo 8 de septiembre de 2024.