Normas sobre el ayuno y la abstinencia

Las normas vigentes para el ayuno y la abstinencia son:

1.- Días de ayuno: Miércoles de Ceniza y Viernes Santo.

2.- Días de abstinencia: Miércoles de Ceniza, Viernes Santo y viernes de Cuaresma.

3.- La ley del ayuno: Obliga a hacer una única comida durante la jornada, pudiendo tomar un poco de alimento en la mañana y al atardecer, absteniéndose.

4.- La ley de abstinencia: Prohíbe el consumo de carne (de animales que tienen la capacidad de regular su temperatura corporal-animales de “sangre caliente”-: res, cerdo, carnero…, pollo y aves…) así como de comidas y bebidas que prudentemente se consideran particularmente costosas o apetecibles. A este propósito, la Conferencia del Episcopado Mexicano ha manifestado:

“Conscientes de la situación de pobreza en que viven muchos sectores de fieles, y dado que nuestra cultura admite otros signos más adecuados de penitencia, disponemos: Que se pueda suplir la abstinencia de carne, hecha excepción del Miércoles de Ceniza y Viernes Santo:

  1. Por la abstinencia de aquellos alimentos que para cada uno signifiquen de especial agrado, sea por la materia o por el modo de su confección;
  2. O por una especial obra de caridad;
  3. O por una especial obra de piedad;
  4. O por otro significativo sacrificio voluntario”.

5.- Sujetos de la ley del ayuno y la abstinencia:

a)  Ayuno: Obliga a todos los que han cumplido 21 años, hasta los 59 cumplidos.

b)  Abstinencia: Todos los que han cumplido 14 años. La ancianidad, por sí sola, no exime de esta ley de abstinencia.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Deja un comentario

Adquiere el libro

Un viaje a través de la historia del periódico Guía.

Colegio Fray Jacobo Daciano

Gracias por visitarnos