Construcción de Tren Maya cobró 64 vidas

Los trabajadores del ferrocarril del sureste del país no contaban con medidas de seguridad; además se violaron sus derechos humanos, denuncia organización

Durante la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador 64 trabajadores murieron en la construcción del Tren Maya y otros 46 resultaron heridos, del 1 de diciembre de 2018 al 27 de septiembre de 2024, de acuerdo con la organización Cohesión Comunitaria e Innovación Social (CCIS A.C.).

El reporte Las Muertes Prevenibles del Tren Maya documentó el último deceso registrado el 21 de septiembre de 2024 en Calakmul, Campeche, y advierte que ocurrió, por lo menos, una muerte en cada uno de los tramos en todas las entidades de la obra y en cada uno de los años de construcción.

Entre los motivos más frecuentes de muerte y lesiones en esta obra están los atropellamientos, aplastamiento por maquinaria pesada, por vehículo de carga pesada o por material de construcción, además de caídas desde estructuras o andamios, choques, golpe de calor, infartos, caída de un rayo y homicidio con arma de fuego, durante la jornada laboral.

De igual forma, documentaron violaciones a los derechos humanos y al trabajo digno, por el incumplimiento de medidas para la seguridad e higiene en el trabajo y la protección de la integridad física y mental de los trabajadores.

En contraste, corresponde a la autoridad laboral verificar y evaluar el cumplimiento del marco jurídico y las normas aplicables en la construcción.

La organización destacó que los decesos y lesiones por presuntos riesgos de trabajo están relacionadas con actos, omisiones de autoridades y de particulares (personas físicas y personas morales).

“Desde la Presidencia de la República se aseguró que eran los mejores trabajadores del mundo, en la obra más importante del mundo, pero no se ocuparon de garantizar la salud, la seguridad de las personas trabajadoras. Tampoco exigieron a empresas públicas y privadas que lo hicieran. En varios de estos incidentes, ni las autoridades ni las empresas informaron de manera completa a la opinión pública sobre por qué y cómo ocurrieron estos casos”, explicó el organismo.

Cohesión Comunitaria e Innovación Social resaltó que el gobierno federal incurrió en posibles violaciones al derecho humano de acceso a la información al no dar datos oficiales actualizados, verificables y confiables, basados en evidencia, sobre cuántos empleos han generado, cuántas personas han empleado y en qué condiciones laborales se realiza la construcción del Tren Maya.

Tampoco hay datos oficiales sobre el apoyo a las familias de los trabajadores afectados.

“Cuando se anuncia un megaproyecto, se enfatiza el monto de inversión y el número de empleos que va a generar. Lo mismo suele ocurrir cuando se rinde el informe de gobierno. Poco o nada se menciona sobre sus posibles impactos negativos socioeconómicos, socioculturales y socioambientales”, denunció el reporte.

Enfatizó que el Estado mexicano debe respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, lo que incluye los derechos laborales de las personas trabajadoras en la realización de la obra insignia.

Las muertes y lesiones de los trabajadores en el Tren Maya, sostuvo, son indicios del incumplimiento de las responsabilidades de las empresas, tanto públicas como privadas, involucradas en la construcción, ejecución, operación de la obra que deberían respetar los derechos humanos en sus actividades.

 “No hay pretexto ni excusa que exima o exente a las autoridades, empresas e instituciones financieras del cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades en relación con el derecho humano al trabajo digno y a los demás derechos humanos de las personas trabajadoras, en el contexto de la realización de megaproyectos como el llamado Tren Maya”, afirmó el organismo civil.

Resaltó que el derecho internacional y regional reconoce el trabajo digno con disposiciones específicas y diferenciadas para grupos en condiciones de vulnerabilidad, discriminación o marginación tales como las mujeres, los niños, las personas jóvenes, las personas trabajadoras migrantes, las personas con discapacidad y las personas detenidas o privadas de la libertad.

“El derecho humano al trabajo impone distintas obligaciones al Estado mexicano, como la obligación de respetar el derecho a laborar, lo que exige que se abstenga de interferir directa o indirectamente en el disfrute de ese derecho. Así como la obligación de proteger el derecho al trabajo, por lo que deben adoptarse medidas que impidan a terceros interferir en el disfrute del derecho al trabajo. La obligación de garantizar el derecho a laborar incluye las obligaciones”, recordó.

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